Propuesta antimonopolio de EE.UU. prohibe a las empresas impedir la desinstalación de las aplicaciones preinstaladas

Rubén Castro, 25 junio 2021

Mientras los reguladores siguen investigando a las grandes empresas tecnológicas por su comportamiento monopolístico, los legisladores de EE.UU. ya están presentando varios proyectos de ley antimonopolio que afectarían al funcionamiento de empresas como Apple, Google y Amazon, entre otras. Uno de ellos exigiría que los usuarios tuvieran la opción de desinstalar las aplicaciones preinstaladas.

A raíz de las investigaciones antimonopolio del Congreso del año pasado, los legisladores han propuesto un nuevo proyecto de ley que obligaría a Apple y a otros fabricantes de teléfonos inteligentes a hacer que sus aplicaciones predeterminadas puedan ser eliminadas por el usuario. Por ejemplo, los usuarios de iPhone deberían tener la posibilidad de desinstalar el Teléfono, el Reloj, los Mensajes, el Correo, FaceTime y otras aplicaciones por defecto de Apple si así lo desean. Y los usuarios de Android deberían poder desinstalar Gmail, Chrome y otras.

Cabe mencionar que Apple ya había hecho movimientos para permitir la eliminación de algunas de sus aplicaciones por defecto antes de que el Congreso presentara el proyecto de ley. Notas, Mail, Calendario, Tiempo e incluso FaceTime pueden desinstalarse completamente. Otras aplicaciones, como Teléfono, Mensajes, Reloj, Cartera y Reloj, no pueden eliminarse pero sí ocultarse.

Además, la legislación no apunta explícitamente a Apple ni a los fabricantes de smartphones en general. También prohíbe a las empresas tecnológicas fuera del ámbito de la fabricación de hardware la “autopreferencia” de productos. Por ejemplo, el servicio de suscripción Prime de Amazon tendría que ser reestructurado ya que “perjudica a algunos vendedores que dependen de la plataforma de comercio electrónico”.

El proyecto de ley también tiene un par de limitaciones. Por un lado, sólo se aplica a productos y servicios con más de 50 millones de usuarios activos mensuales. En segundo lugar, la empresa propietaria debe tener una capitalización bursátil de 600.000 millones de dólares o más.

Fuentes

  1. cicilline.house.gov

Rubén Castro

Redactor

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